Camacol Regional Caldas manifiesta su profunda preocupación y asombro por las decisiones tomadas por el Tribunal Administrativo de Caldas alrededor de la ejecución del proyecto urbanístico Biociudadela Tierra Viva en el sector La Aurora por parte de Construcciones CFC & Asociados S.A. y Vélez Uribe Ingeniera S.A.S.
Esta decisión no sólo vulnera los derechos de los ciudadanos, sino que está sentando el precedente que en Colombia no es suficiente actuar en legal y debida forma, cumpliendo las normas vigentes impuestas por el estado, sino que el accionar de los empresarios SIEMPRE estará mediado por la inseguridad jurídica y peor aún, que se deben anticipar los deseos de los jueces.
Este gremio rechaza que se ponga en tela de juicio la gestión empresarial que se realizó acogiéndose rigurosamente a TODOS los trámites y procedimientos que el mismo Estado dispuso para orientar el accionar del sector privado en un territorio, incluyendo a los despachos judiciales que tuvieron conocimiento de la acción popular, que obtuvieron el concepto del Ministerio de Ambiente a favor del proyecto y que se manifestaron repetidamente en el sentido de que no se justificaban medidas cautelares, dado que el proyecto tenía estudios adecuados y había sido tramitado de acuerdo a las normas vigentes. El proyecto obtuvo TODOS los permisos, autorizaciones y licencias que establece la Ley para desarrollar una actuación urbanística en suelo de expansión, los cuales fueron detalladamente expuestos y aceptados en la misma sentencia, pero que el Tribunal mismo, con extrañeza, desconoce en el fallo.
Al respecto, surge la siguiente pregunta: ¿Para qué normas y entidades reguladoras y de control, para qué trámites, estudios y validación de los mismos por parte de las autoridades, si no han de tener valor ni ofrecer seguridad para las inversiones y decisiones de vida de los empresarios y ciudadanos?
No es razonable que un proyecto, que CUMPLIÓ con todas las exigencias legales y surtió el trámite requerido, se vea interrumpido por un fallo que desconoce los argumentos técnicos de las entidades competentes para emitirlos o validarlos; siendo además estas entidades quienes tienen la función de manifestarse respecto a las posibilidades de desarrollo que tenía el proyecto, como efectivamente y en aplicación de las exigencias técnicas, procedimentales, legales y normativas lo hicieron.
Peor aún es, que en el fallo se incorpore un procedimiento completamente atípico y violatorio del derecho, como lo es delegar la decisión de fondo sobre la viabilidad del proyecto a una institución universitaria que ya hace parte del proceso y del cual algunos de sus integrantes se han declarado abiertamente contradictores, sin posibilidad siquiera de una manifestación de contradicción por parte de la Administración Municipal, la Autoridad Ambiental y los mismos proponentes del proyecto.
El fallo está desconociendo que los empresarios somos agentes económicos que desarrollamos nuestra actividad siguiendo las reglas de juego establecidas y el principio de legalidad, que son la base del estado de derecho. No se puede desconocer que la misma legislación establece unos espacios específicos de participación ciudadana en las decisiones que se toman en los territorios, los cuales son anteriores a la expedición de las normas de desarrollo territorial plasmadas en el POT. Pareciera que las deliberaciones en el Concejo Municipal en este sentido, no son el foro adecuado para las decisiones ciudadanas de cómo debe ser un territorio y que los empresarios somos responsables de las mismas.
Esta providencia se suma a una larga lista de actos estatales que vienen vulnerando de diversa manera los derechos del sector privado, que conducen a que el margen de incertidumbre generado por las decisiones judiciales sea cada vez más amplio y profundo, situación que va en desmedro de las inversiones de un sector, las cuales, vale la pena aclarar, son a mediano y largo plazo y se fundamentan en las normas que el estado le impone. Los empresarios sabemos que las inversiones tienen riesgos, pero estos deben poderse prever y cuantificar, si se quiere que nuestros productos tengan precios razonables para la ciudadanía; cosa distinta sucede con la incertidumbre, como la que introduce este fallo, que es imposible de evaluar y ponderar y cuya consideración conduce a precios que la ciudadanía no está en condiciones de pagar.
Por lo anterior, estamos en total desacuerdo con las decisiones tomadas por el Tribunal en la sentencia 312 del 2 de julio de 2020, porque implican un mensaje de invalidez de la legalidad de las actuaciones legislativas, regulatorias y de control estatal y descalifican la institucionalidad de los cuerpos colegiados como foro para la toma de decisiones colectivas. El sector privado defiende el estado de derecho y está decidido a seguir actuando con sujeción a las normas, por esa razón exige que no se siga poniendo en riesgo la inversión de los empresarios y los ciudadanos. Los compradores de las viviendas que con gran esfuerzo han invertido sus recursos para contar con casa propia, además de los empleados y demás actores involucrados en la cadena productiva, también confiaron en el Estado y en los procesos.
El sector productivo no puede trabajar en un entorno donde, a pesar de cumplir las reglas, no hay un mínimo de certidumbre sobre la vigencia de los actos administrativos. Por tal motivo, Camacol Caldas, indignado pero respetuoso pide con vehemencia a las instituciones públicas mayor solidez y claridad en las decisiones estatales de todo nivel y en especial al poder judicial, que es el llamado a mantener el respeto por las reglas de juego de la sociedad y la estabilidad jurídica de las decisiones, porque de éstas depende el éxito del aparato productivo de la ciudad y la nación, que es la base del desarrollo económico y social sostenible de un territorio, soporte de la calidad de vida de sus habitantes.
JUNTA DIRECTIVA
CAMACOL REGIONAL CALDAS