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El Gremio

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El poder de construir

La Cámara Colombiana de la Construcción CAMACOL, es una asociación gremial de carácter nacional sin ánimo de lucro, que reúne en todo el país empresas y personas naturales relacionadas con la Cadena de Valor de la Construcción. CAMACOL se creó en Medellín el 14 de septiembre de 1957

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¿Cómo está conformado?

Camacol esta basada en un sistema confederado integrado por 18 regionales y una seccional. Este esquema le ha permitido a Camacol tener un mayor conocimiento de las realidades y necesidades regionales y de esta manera una mayor capacidad de respuesta local. Las regionales son: Antioquia, Atlántico, Bogotá & Cundinamarca, Bolivar, Boyacá & Casanare, Caldas, Cesar, Cordoba & Sucre, Cúcuta & Nororiente, Magdalena, Meta, Nariño, Quindio, Risaralda, Santander, Tolima, Valle. Seccional: Popayán.

El Gremio en Caldas

Nuestra Historia

1975

Primera Asamblea, elección de la primera junta directiva y representante legal (Rodrigo Marín Bernal)

1975

Asume la Gerencia RODRIGO MARÍN BERNAL: Desde la iniciación de CAMACOL hasta diciembre /75

1976

Asume la Gerencia ROBERTO HADAD SALAME: Enero 15 de 1976 hasta Abril 30 /77.

1977

Asume la Gerencia ALBERTO ARCE LONDOÑO: Abril 15 de 1977 hasta Noviembre 16 /79

1978

ESTRELLA DE PLATA CAMACOL, otorgado por la Junta Directiva Nacional a Camacol Seccional Caldas por su destacada labor durante la Gerencia de Alberto Arce Londoño

1979

Asume la Gerencia RODRIGO TABARES PERES: Noviembre 21 de 1979 hasta Enero 24 /80

1980

Asume la Gerencia RAFAEL JENARO MEJÍA ARANGO: Marzo 24 de 1980 hasta Septiembre 15 /81

1981

Asume la Gerencia ALBERTO HERNÁNDEZ OSORIO: Septiembre 16 de 1981 hasta Marzo 7 /84

1984

Asume la Gerencia CARLOS ALBERTO GONZÁLEZ OCAMPO: Abril 23 de 1984 hasta Noviembre 26/85

1985

Asume la Gerencia LILIANA URIBE ANGEL: Diciembre 5 de 1985 hasta Febrero 28 /1993

1986

CAMACOL hizo parte de los gremios fundadores del Comité Intergremial de Caldas

1991

Se participa en la formulación del Código de Construcciones y Urbanizaciones de Manizales

1993

Sale la primera edición de la revista CONSTRUOFERTA

1993

Se compra la sede de Camacol Caldas en el barrio la Estrella

1993

Se realiza la primera feria de vivienda - Expoconstrucción

1993

Asume la Gerencia PAULA MEJ IA TOBÓN: Marzo de 1993

1994

Asume la Gerencia LIGIA MEJÍA DE RESTREPO: Noviembre 01 de 1994 hasta Febrero 28 /97

1995

El Presidente Samper crea el Viceministerio de Vivienda

1997

Entrada en vigencia de ley 388 de 1997: "Ley de Desarrollo Territorial"

1997

Asume la Gerencia MARIA ISABEL DE GARTNER: Marzo 01 de 1997 hasta Junio 30/2000

1998

Se suspende la publicación de la Revista Construoferta

1998

El Presidente Pastrana cierra el Viceministerio de Vivienda

1999

Termina el sistema UPAC

2000

La crisis generada por la caída del sistema UPAC, genera desafiliaciones masivas que llevan a poner en riesgo el funcionamiento de 8 regionales (1 entra en liquidación). La Regional Caldas pasó de tener 120 afiliados a 27

2000

La Regional obtiene representacion nacional con el nombramiento de Eduardo Jaramillo Robledo como Presidente Ejecutivo Nacional

2000

Ajuste de la estructura de la regional ante la crisis del sector, el gremio pasa de tener 10 colaboradores a 2

2000

La Presidencia Nacional, gestiona con empresas industriales recursos para solventar las deudas en medio de la crisis

2000

Se pasa de ser Seccional a Regional

2001

Se participa en la formulacion del primer POT de Manizales - Acuerdo 508

2001

Se realiza un ejercicio a nivel nacional donde se decide el funcionamiento y rumbo del Gremio. Ej. se decide que solo se enfocará en EDIFICACIONES, se toma dentro del funcionamiento de cada regional la RESPONSABILIDAD SOCIAL

2001

Se vende la sede de Camacol Caldas del barrio La Estrella

2002

El Presidente Uribe crea el Ministerio de Ambiente y Vivienda

2002

Se crea el sistema de información georreferenciada Coordenada Urbana- fuente de consulta para el Gobierno Nacional

2002

En consenso con la Junta Directiva sale de la gerencia la doctora María Isabel Jaramillo de Gartner

2002

Después de 7 años de no publicar la revista Construoferta, sale a circulación y se empieza a fortalecer nuevamente la estructura de la regional

2003

Asume la Gerencia Angélica María Orozco Giraldo: Octubre 01 de 2003 hasta la fecha

2003

Participación en la modificación del POT - Acuerdo 573

2005

Sale el primer decreto de regulación de licencias urbanísticas

2007

Creación Club Maestros a la Obra

2007

Participación en la modificación del POT - Acuerdo 663

2008

Politica de vivienda del Presidente Uribe (subsidios a la tasa de interés)

2008

Planeacion Estratégica del gremio a nivel nacional y estudio de brechas del sector de la construcción

2009

Se crea el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio generando una mayor visibilidad politica del sector en el pais

2012

Politica de vivienda del Presidente Santos (Subsidio a la tasa de interés y subsidio a la cuota inicial)

2016

Construoferta es catalogada como la novena revista mas leida del país segun el EGM

2017

Participación en la modificación del POT - Acuerdo 0958

2018

La marcha de los cascos

Misión

Representar y articular la cadena de valor de la Construcción e impulsar su desarrollo competitivo y el progreso de Colombia.

 

Visión

Liderar el desarrollo urbano responsable y sostenible, la disminución del déficit de vivienda y la proyección del sector hacia nuevas oportunidades de negocio y nuevos mercados.

Nosotros

Nuestros Valores Corporativos

Confianza

Generamos credibilidad y actuamos de forma transparente en nuestros procesos, convirtiéndonos en referente para la toma de decisiones de dirigentes y empresarios, que influyen en el desarrollo del sector de la construcción y de la región.

Lealtad

Actuamos con compromiso, aprecio, respeto, apoyo, fidelidad y dedicación, más allá de nuestros deberes y de forma voluntaria.

Eficiencia

Optimizamos nuestros recursos humanos, físicos, económicos y técnicos para desarrollar acciones que permitan a los empresarios tener un mejor entorno de negocios, ser más competitivos, estar informados y articularse de cara a las necesidades del sector.

Liderazgo

Abanderamos las acciones que buscan superar las brechas del entorno, guiando la labor de los empresarios a través de diferentes acciones. Nuestra labor se convierte en un referente del trabajo articulado a nivel regional.

Dinamismo

Respondemos permanentemente a los cambios del contexto social, económico y normativo, adaptándonos a las circunstancias y generando acciones para avanzar en los objetivos del gremio.

Conócenos

Nuestro Equipo

Angélica María Orozco Giraldo

Gerente
angelica.orozco@camacolcaldas.com

Alba Nelcy Ramos

Líder Administrativa y Financiera
alba.ramos@camacolcaldas.com

Diana Orozco Giraldo

Directora Comercial
diana.orozco@camacolcaldas.com

Mónica Viviana Arango

Líder de Estudios Especializados
monica.argango@camacolcaldas.com

Manuel Alejandro Chavarría

Gerente Clúster Construcción de Manizales y Caldas
manuel.chavarria@camacolcaldas.com

Juan Pablo Rincón

Publicista
juan.rincon@camacolcaldas.com

Cristian Londoño

Coordinador Censos
cristian.londono@camacolcaldas.com

Mónica Pineda

Secretaria de gerencia
monica.pineda@camacolcaldas.com

Elizabeth Carmona

Auxiliar Contable
elizabeth.carmona@camacolcaldas.com

Erika Caro

Ventas
erika.caro@camacolcaldas.com

Yudi Rosero

Talento Humano
talentohumano@camacolcaldas.com
Nuestros

Estatutos Cámara Regional de la Construcción de Caldas

CAPITULO I 

NATURALEZA, DOMICILIO Y FINES 

ARTICULO 1. Naturaleza 

La Cámara Regional de la Construcción de Caldas, es una asociación gremial de  carácter regional, sin ánimo de lucro, constituida conforme a la legislación civil  colombiana y con capacidad para adquirir, poseer, gravar y enajenar bienes y en  general para ser titular de todos los derechos y obligaciones que le confiere la  Constitución y las Leyes. Con personería jurídica para ejercer sus actividades de  manera específica y primordial en el Departamento de Caldas y por fuera de él, con  autorización de la Junta Directiva Nacional. De una manera indirecta, actuará, en todo  el país, en forma coordinada con la demás Regionales y Seccionales de carácter similar  que la misma entidad tenga en otros Departamentos de Colombia, de acuerdo con el  marco general de las políticas fijadas por Camacol- Presidencia Nacional, con la cual  tiene afinidad de objetivos, métodos y vínculos contractuales que le permiten utilizar su  nombre bajo las condiciones estatutarias que reconoce y acepta.  

ARTICULO 2. Denominación. 

La Cámara Regional de la Construcción de Caldas se distingue con la sigla Camacol  Caldas, nombre debidamente registrado de su propiedad, que no puede ser utilizado sin  la debida autorización de su Junta Directiva Nacional. Para los efectos de los presentes  estatutos, la Cámara Regional de la Construcción de Caldas» podrá llamarse o  identificarse igualmente como «CAMACOL CALDAS» o «CAMACOL REGIONAL 

CALDAS», en virtud al contrato de licencia de uso de marca suscrito con la Cámara  Colombiana de la Construcción, dueña de la marca CAMACOL, según se desprende de  las licencias de marca que le han sido reconocidas por parte de la Oficina de marcas y  registros de la Superintendencia de Industria y Comercio. Para los efectos de estos  estatutos la Cámara Regional de la Construcción de Caldas se denominará  simplemente Camacol Regional Caldas. 

ARTICULO 3. Domicilio 

Camacol Regional Caldas tiene su domicilio en la ciudad de Manizales, Departamento  de Caldas y podrá promover la creación de agencias en otras ciudades de este  Departamento o en otros Departamentos donde no hay regionales, con la autorización  expresa de la Junta Directiva Nacional. 

ARTÍCULO 4. Duración. La Cámara Colombiana de la Construcción tendrá una  duración indefinida 

ARTÍCULO 5. Patrimonio. Camacol Regional Caldas tiene personería jurídica y  patrimonio independiente de la Presidencia Nacional y de las demás regionales y estará 

conformado por todos los bienes, herencias, legados, aportes, contribuciones,  excedentes y donaciones recibidos de personas naturales o jurídicas de derecho  público o privado, así como de las reservas que se hagan con este objeto, de los bienes  propios, de las rentas que todos estos produzcan y las rentas o réditos de las  actividades comerciales, culturales, profesionales o científicas en que participe. 

ARTICULO 6. Definición de Construcción. Para los efectos previstos en estos  Estatutos, el término Construcción, se refiere a la planeación, desarrollo y ejecución de  actividades de la totalidad de la cadena productiva del sector de la construcción, es  decir a todas las áreas económicas, técnicas, industriales, comerciales, de servicios y  sociales que intervienen en la concepción, gestión, promoción, desarrollo,  financiamiento y comercialización de proyectos de construcción, aplicada a inversiones  del sector público y privado. 

ARTICULO 7. Objeto 

Camacol Regional Caldas tiene como objeto principal representar los intereses y  fomentar el desarrollo y la responsabilidad social de las empresas, entidades y  personas vinculadas a la cadena productiva de la construcción en Colombia o en  relación con el exterior. Para el desarrollo de su objeto y en relación con el mismo  podrá: 

  1. a) Adquirir, enajenar o gravar todo tipo de bienes, cualquiera sea su naturaleza; b) Enajenar, arrendar, gravar y administrar los bienes propios en general, pudiendo  invertir los fondos o disponibilidades de la entidad en bienes muebles o  inmuebles necesarios para el desarrollo de su objeto; 
  2. c) Intervenir en toda clase de operaciones de crédito con o sin garantía de los  mismos, que se requieren para el desarrollo de su objeto. 
  3. d) Girar, aceptar y negociar títulos valores 
  4. e) Administrar bienes, fondos y recursos propios o de terceros pertenecientes a los  sectores públicos o privados. 
  5. f) Promover, crear, formar, financiar o participar en entidades de derecho civil con o  sin ánimo de lucro, fusionarse con otras entidades de derecho civil sin ánimo de  lucro o absorberlas; 
  6. g) Constituirse en ONG o en cualquier otra forma asociativa útil para el desarrollo  de sus fines, conforme a la Ley y a los presentes estatutos 
  7. h) En general, comprometerse en acuerdos, ejecutar todos los actos y contratos  civiles, comerciales y laborales convenientes o útiles para el logro de sus fines  sociales 
  8. i) Realización de ferias, seminarios, eventos y otras actividades encaminadas a  brindar capacitación a la industria de la construcción;  
  9. j) Desarrollo de proyectos que estimulen iniciativas tendientes a mejorar la  formación técnica y profesional, la seguridad social, el ingreso económico y en  general, las condiciones laborales del trabajador colombiano y particularmente  del trabajador vinculado a la actividad constructora; 
  10. k) Implementar actividades de comunicación, edición, diseño y distribución de  libros, brochures, folletos, revistas, para llevar a cabo la codificación, divulgación,  facilitación de tecnologías de construcción, gestión, mercadeo, promoción y  ventas de proyectos,  
  11. l) Estructurar y desarrollar proyectos de responsabilidad social en beneficio de la  comunidad en general, con énfasis en el sector de la construcción. 
  12. m) Realizar y comercializar los estudios económicos, técnicos y jurídicos realizados  por la Regional. 
  13. n) Promocionar, comercializar o realizar cualquier otra operación, relacionada con  todas las clases de seguros  

ARTICULO 8. Fines 

En cumplimiento de su objetivo Camacol Regional Caldas tendrá los siguientes fines: a. Fomentar, defender y difundir los principios políticos, económicos, sociales y  gremiales de la libre empresa, con fundamento en la dignidad humana, la libertad, la  democracia, la justicia social y el respeto por la propiedad privada, con miras a impulsar  el progreso económico y social del país. 

  1. Propiciar la creación de lazos de solidaridad entre sus afiliados. 
  2. Fomentar el desarrollo económico y tecnológico de la industria de la construcción y  de las personas naturales o jurídicas que de ellas se ocupen directa o indirectamente. d. Promover la sana competencia y la iniciativa privada con criterios propicios para el  desarrollo de la economía y el progreso de la nación. 
  3. Actuar ante las diferentes Ramas del Poder Público y Organismos del Estado para  procurar, por la vía de concertación normas convenientes para la industria de la  construcción y los afiliados a la Cámara. 
  4. Aunar esfuerzos con otras entidades nacionales o extranjeras que se ocupen de  asuntos económicos o sociales relacionados con la industria de la construcción, con el  fin de trabajar conjuntamente y cuando sea del caso, adelantar campañas, actividades  o servicios en beneficio de la comunidad y del sector de la construcción. 
  5. Coordinar con entidades públicas o privadas especializadas, la formación profesional  del personal de los diferentes niveles en las empresas Afiliadas al Gremio, con el  propósito de elevar su nivel cultural, técnico y académico. 
  6. Estimular iniciativas que tiendan a mejorar la formación técnica y profesional, la  eficiencia, seguridad social, ingreso económico y en general, las condiciones laborales  del trabajador colombiano y particularmente, del trabajador vinculado a la actividad  constructora. 
  7. Velar porque la industria de la construcción cumpla con la función social que le  compete. 
  8. Promover la agremiación de nuevos Afiliados. 
  9. Crear o participar en la creación de Centros de Conciliación, en la designación de  Tribunales de Arbitramento y Amigables Componedores, para la solución pacífica,  oportuna y eficaz de conflictos. 
  10. Prestar el servicio de avalúos corporativos con la participación de sus Afiliados. 
  11. Establecer y reglamentar honorarios, comisiones y/o bonificaciones a que tienen  derecho los Afiliados para las operaciones derivadas de la práctica de peritazgos. n. Llevar a cabo análisis económico sobre políticas públicas y demás variables que  inciden sobre la actividad constructora. 
  12. Llevar a cabo la codificación, divulgación y facilitación de la apropiación de  tecnologías de construcción, gestión, mercadeo y ventas. 
  13. Tener capacidad prospectiva en la formulación de políticas públicas, en iniciativas  legislativas, y en la ambientación social de temas prioritarios para el sector.  q. Ejercer influencia responsable y valorada en las instancias decisorias.  r. Implementar estrategias de comunicación efectiva que facilite las relaciones y  potencie la imagen del sector, el gremio y su marca.  
  14. Ser el espacio de reflexión y aprendizaje para los actores interesados en los temas  de la industria de la construcción, donde se fortalezcan las relaciones entre los afiliados  y su entorno. 
  15. Ser órgano consultivo o asesor de entidades del estado. 
  16. Todas las demás actividades que sean afines con su objeto social.  

PARÁGRAFO: En ningún caso la Regional podrá celebrar contratos o convenios con  entidades públicas cuyo objeto consista en la ejecución o interventoría de obras. ARTICULO 9. Deberes 

En cumplimiento de su objetivo, Camacol Regional Caldas tendrá los siguientes  deberes: 

  1. Promover entre los afiliados y la organización los valores de la Ética, Proactividad,  Responsabilidad, Solidaridad, Objetividad, Independencia, Receptividad,  Compromiso, Respeto y Combatividad  
  2. Promover la protección del Medio Ambiente dentro de los lineamientos del desarrollo  sostenible y colaborar con las entidades públicas y privadas en su recuperación.  c. Promover la observa4ncia de la moral y de las buenas costumbres en el sector de la  construcción y velar por el sano desempeño de la contratación pública.  d. Respetar la dignidad de la persona humana y velar por el respeto de los derechos  humanos. 
  3. Propender por la calidad de vida de la población como soporte futuro para el  desarrollo de la cadena productiva de la construcción. 

CAPITULO II 

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACIÓN 

ARTICULO 10. Órganos Gubernativos 

Camacol Regional Caldas, tendrá en orden jerárquico, para la administración de sus  asuntos, los siguientes órganos gubernativos 

  1. Asamblea General 
  2. Junta Directiva 
  3. Gerencia

PARÁGRAFO: Cuando se creen dependencias especializadas esta podrán tener sus  propios órganos directivos siempre y cuando estos estén sometidos a la autoridad de la  Junta Directiva Regional.  

ARTICULO 11 Precedencia de las decisiones 

Las decisiones que tomen órganos directivos de nivel local no podrán estar en contra  de las tomadas por la Asamblea Nacional de Afiliados o la Junta Directiva Nacional. 

CAPITULO III 

DE LA ASAMBLEA GENERAL 

ARTICULO 12. Composición 

La Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria, como órgano supremo de CAMACOL  Regional Caldas estará integrada por los afiliados activos, teniendo derecho a voz y  voto aquellos que a la fecha de su realización se encuentren presentes y a paz y salvo  con la Regional por todo concepto, hasta el mes inmediatamente anterior. El  representante de una persona jurídica afiliada es la persona a quien esta designe por  escrito, siendo indispensable que el delegado tenga la condición de representante legal,  socio o empleado. 

ARTICULO 13. Paz y salvo 

El paz y salvo deberá ser expedido por Camacol Regional Caldas, de conformidad con  la reglamentación hecha por la Junta Directiva Regional para este efecto 

ARTICULO 14. De la participación de los afiliados.  

Las votaciones y elecciones son personales e indelegables 

ARTICULO 15. Reuniones ordinarias 

La Asamblea General de afiliados de Camacol Regional Caldas se reunirá  ordinariamente una (1) vez al año, dentro de los cuatro primeros meses, en la fecha,  hora, lugar que señale la Junta Directiva Regional, para debatir los asuntos ordinarios  de la Corporación, aprobar los informes de la Junta Directiva y los Balances de fin de  ejercicio. 

ARTICULO 16. Reuniones Extraordinarias. 

Extraordinariamente se reunirá cuando fuere citada por la Junta Directiva Regional, El  Revisor Fiscal, El Gerente o un número de Afiliados que represente por lo menos la  tercera parte del total de afiliados a la Cámara. En la citación para las asambleas se  incluirá el orden del día a discutir y no podrá ocuparse de otros asuntos mientras no sea  evacuado el temario para el cual fue citada. 

ARTICULO 17. Convocatoria

La convocatoria para la Asamblea General deberá hacerse mediante notificaciones  escritas a todos los afiliados con anticipación no menor de 15 días calendario para la  ordinaria y no menor de 5 días calendario para la extraordinaria especificando  claramente lugar, fecha y hora de la reunión. 

ARTICULO 18. Quórum  

El quórum de la Asamblea estará constituido por la asistencia de la mitad más uno de  los afiliados que se encuentren en paz y a salvo con la Regional en la fecha de su  realización. Si pasada una (1) hora después de la señalada para la realización de la  Asamblea, no se hubiere completado el quórum previsto anteriormente, ésta se llevará  a cabo el mismo día en el mismo lugar y habrá quórum con la asistencia de los afiliados  presentes que se encuentren en paz y a salvo con la Regional. 

Las decisiones se tomarán por mayoría absoluta de los asistentes, siempre y cuando,  en uno u otro caso, el quórum se mantenga. 

ARTICULO 19. Decisiones  

Las decisiones se tomarán por mayoría absoluta de los asistentes, siempre y cuando,  en uno y otro caso, el quórum se mantenga. 

ARTICULO 20. Mesa Directiva de la Asamblea Regional de Afiliados. Será Presidente de la Asamblea General, el de la Junta Directiva Regional. En su  defecto, el Vicepresidente de la misma, o bien el Directivo que la Junta designe para tal  efecto. 

ARTICULO 21. Funciones del Presidente de la Asamblea Regional de Afiliados.  El Presidente de la Asamblea General tendrá las siguientes atribuciones: a. Instalar la Asamblea. 

  1. Dirigir las deliberaciones conforme al Orden del Día aprobado. 
  2. Tomar las medidas oportunas para el buen desarrollo de la misma y el cumplimiento  de su reglamento. 
  3. Crear las comisiones de trabajo que se requieran para lograr el buen desarrollo de la  Asamblea. 

ARTICULO 22. Funciones de la Asamblea Regional. 

Son funciones de la Asamblea General: 

  1. Elegir los miembros de la Junta Directiva, conforme a lo establecido en el Artículo 25 de estos Estatutos. 
  2. Elegir al Revisor Fiscal y a su Suplente y fijarle la remuneración. c. Revisar para aprobar o improbar, el balance anual correspondiente al año  inmediatamente anterior, los anexos e informes complementarios que se le rindan. d. Estudiar el presupuesto anual de la Regional, ratificando la aprobación de la partida  correspondiente a la contribución ordinaria con Camacol – Presidencia Nacional. e. Las demás que por naturaleza le correspondan como órgano supremo Regional y  que no estén atribuidos a otro organismo o funcionario de la asociación.

ARTICULO 23. Actas de Asamblea General 

De toda Asamblea General se levantará un acta que deberá ser firmada por quien la  haya presidido y por el Secretario de la misma. Además, deberá ser revisada y  verificada por una comisión, que para este efecto, elija la Asamblea General 

CAPITULO IV 

DE LA JUNTA DIRECTIVA 

ARTICULO 24. Competencia. 

A la Junta Directiva le corresponde la Dirección General de la Regional y en  consecuencia, deberá fijar y orientar las políticas a seguir en concordancia con los  parámetros fijados por la Asamblea Nacional, Junta Directiva Nacional y Asamblea  Regional de afiliados de conformidad con lo dispuesto en los presentes estatutos  

ARTICULO 25. Composición. 

La Junta Directiva Regional estará integrada por doce miembros, así: seis  representantes del sector constructores y profesionales de la construcción y seis  representantes del sector comercial, industrial y de servicios. Para la elección se hará  inscripción unipersonal, con mínimo un día de anticipación, en la Gerencia de la  Regional. Se elegirán para un período de dos años la mitad de los miembros, mediante  votación plural, tres miembros del sector constructores y profesionales de la  construcción y tres miembros del sector comercial, industrial y de servicios. Son  elegibles a la Junta Regional únicamente los afiliados presentes en la asamblea con  derecho a voz y voto. 

PARAGRAFO PRIMERO: En caso de existir un empate la Asamblea lo dirimirá por  votación. 

ARTICULO 26. Reuniones 

La Junta Directiva Regional se reunirá ordinariamente por lo menos una vez al mes y  extraordinariamente por citación hecha por el Gerente de la Regional, o por el  Presidente de la Junta Directiva, el Revisor Fiscal o por lo menos tres de sus  integrantes. Constituirá quórum la asistencia de cuatro miembros, siempre y cuando  estén presentes por lo menos dos de cada uno de los sectores de afiliados. El quórum  decisorio será mayoría simple, mitad más uno 

PARAGRAFO: El Gerente de la Regional tendrá voz pero no voto en las reuniones de la  Junta Directiva. 

ARTICULO 27. Funciones 

Son funciones de la Junta Directiva Regional: 

  1. Elegir de entre sus miembros el Presidente y el Vicepresidente, en lo posible cada  uno de ellos representante de un sector del ramo de la construcción.
  2. En caso de ausencia permanente del Presidente y Vicepresidente, elegir entre sus  miembros su reemplazo. 
  3. Nombrar para períodos de un año sus representantes ante la Junta Directiva  Nacional y reemplazarlos en caso de falta transitoria o absoluta. 
  4. Elegir y remover al Gerente y fijarle su remuneración. 
  5. Aprobar el presupuesto de ingresos y egresos y vigilar su ejecución. f. Fijar las cuotas ordinarias de afiliación y sostenimiento y las extraordinarias, cuando  sea del caso. 
  6. Convocar las Asambleas Generales ordinarias y extraordinarias, de conformidad con  lo dispuesto en estos Estatutos. 
  7. Revisar y aprobar el temario de la Asamblea General y elaborar su reglamento. i. Estudiar los proyectos de Reformas de Estatutos. 
  8. Dictar el reglamento interno de la Regional y las medidas que considere  indispensables para la defensa de los intereses, tanto de sus miembros, como de la  industria de la construcción en general. 
  9. Aprobar o improbar las solicitudes de afiliación a la Regional. 
  10. Crear los cargos necesarios para el buen funcionamiento de la Regional y fijar su  remuneración. 
  11. Autorizar al Gerente Regional para celebrar contratos o efectuar transacciones  superiores a 20 salarios mínimos mensuales legales. 
  12. Rendir anualmente, en las sesiones ordinarias de la Asamblea, un informe de las  actividades realizadas en el ejercicio inmediatamente anterior que deberá ser preparado  por el Gerente. 
  13. Atender en forma permanente, las solicitudes, reclamos e inquietudes de los  afiliados, velando siempre por los intereses de los mismos. 

ñ. Estudiar, regular y establecer las sanciones, suspensión y/o cancelación de la  afiliación, a que diere lugar un afiliado por falta grave o incumplimiento de estos  estatutos. 

  1. Reemplazar a un miembro de la Junta Directiva, cuando faltare, por renuncia o  inasistencia sin previa excusa escrita justificada a cuatro sesiones, ordinarias, y/o  extraordinarias, tratando en lo posible que la persona elegida, represente al mismo  grupo de afiliados de aquel a quien se sustituye, dando preferencia a los candidatos  que se inscribieron para la Junta Directiva en el orden de la votación que obtuvieron. 
  2. Interpretar y reglamentar estos estatutos. 
  3. Vigilar en forma directa y permanente toda actividad emprendida o realizada por la  Regional. 
  4. Mediar en la solución de los problemas de carácter regional no previstos en estos  estatutos. 
  5. Expedir la reglamentación que sea necesaria para el colegio de avaluadores. t. Las demás funciones que se señalen en estos estatutos. 

ARTICULO 28. Funciones del Presidente  

Son funciones del Presidente de la Junta Directiva Regional:

  1. Presidir las Juntas Directivas. 
  2. Fijar con la Gerencia, el orden del día para reunión de la Junta Regional. c. Servir como consultor y asesor permanente del Gerente. 
  3. Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias, a la Junta Directiva Regional. CAPITULO V 

DEL GERENTE 

ARTICULO 29. 

El Gerente es el representante legal y vocero de la asociación, pudiendo en  consecuencia celebrar todos los actos de disposición de los bienes propios de la  entidad con las limitaciones establecidas en el artículo 30 literal b de estos estatutos y  teniendo a su cargo la dirección y administración directa de ella. 

ARTICULO 30. Funciones 

Son funciones del Gerente Regional: 

  1. Convocar las sesiones de la Junta Directiva. 
  2. Efectuar gastos o celebrar contratos cuya cuantía se enmarque dentro del  presupuesto de la Regional o no exceda de 20 salarios mínimos mensuales legales  vigentes y los que excedan dicha cuantía o no se hallen en el presupuesto, previa  autorización de la Junta Directiva Regional. 
  3. Representar a la asociación judicial y extrajudicialmente pudiendo constituir los  apoderados que sean necesarios. 
  4. Rendir informes periódicos a la Junta Directiva y preparar los informes sobre  actividades realizadas, que deban presentarse a la Asamblea General. e. Velar por la efectiva recaudación de las cuotas de sostenimiento, las decretadas en  forma extraordinaria y cuidar por la buena inversión de los fondos. 
  5. Coordinar las actividades de la Regional con las disposiciones de Camacol – Presidencia Nacional y con las demás Regionales 
  6. Asistir a las reuniones de la Junta de Gerentes y a las sesiones de la Junta Directiva  Nacional cuando se cite para tal efecto. 
  7. Asistir a las sesiones de Junta Directiva Regional y de la Asamblea General con  derecho a voz solamente. 
  8. Nombrar o remover el personal en los cargos creados por la Junta Directiva Regional. j. Permitir revisiones y auditorías al Revisor Fiscal de la Presidencia Nacional, cuando lo  ordene la Junta Directiva Nacional. 
  9. Todas aquellas funciones propias del desarrollo normal de las actividades del Gremio  que no estén atribuidas expresamente a otro órgano en virtud de estos estatutos. 

CAPITULO VI 

DEL REVISOR FISCAL 

ARTICULO 31. 

La Regional tendrá un Revisor Fiscal con su suplente, elegidos por la Asamblea  General de Afiliados. El Revisor Fiscal, tendrá por analogía, las funciones que le  confiere la Ley a los Revisores Fiscales de las Sociedades Anónimas. El período del 

Revisor Fiscal y su suplente, será de un año o hasta que se produzca un nuevo  nombramiento y podrán ser reelegidos independiente e indefinidamente. 

CAPITULO VII 

DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN 

ARTICULO 32. 

La disolución de Camacol Regional Caldas podrá ser acordada por la Asamblea  General, siempre que hubiere sido especialmente convocada para el efecto, que  además, se encuentren presentes o representados un número equivalente al 70% del  total de los afiliados y que la votación afirmativa se haga por lo menos por las dos  terceras partes de los presentes, mientras haya quórum. 

ARTICULO 33. 

Aprobada y decretada la disolución de la Regional, el Gerente practicará la liquidación,  bajo vigilancia de la Junta Directiva. Realizada la liquidación, si después de pagado el  pasivo quedaren bienes, éstos se entregarán a las entidades sin fines de lucro  vinculadas al sector de la construcción, de investigación, de beneficencia, de asistencia  social o de educación que hubiere determinado la Asamblea General. 

ARTICULO 34. 

La aprobación de estos Estatutos dejará sin efecto cualquier disposición en contrario  vigente en reglamentos interno o en otras disposiciones de Junta Directiva Regional. 

CAPITULO VIII 

OBLIGACIONES DE LA REGIONAL CON LA PRESIDENCIA 

ARTÍCULO 35. Obligaciones de la Regional 

Camacol Regional Caldas debe cumplir con las siguientes obligaciones: a) Celebrar su Asamblea Regional de Afiliados antes del último día del mes de  marzo de cada año 

  1. b) Cumplir y ejecutar las decisiones adoptadas por la Asamblea Nacional de  Afiliados, la Junta Directiva Nacional y el Presidente Ejecutivo Nacional del  Gremio de acuerdo con sus atribuciones. 
  2. c) Reportar a la Presidencia Nacional de la Cámara el número y los datos de los  afiliados activos en su jurisdicción a más tardar el tercer día hábil anterior a la  Asamblea Nacional de Afiliados del segundo semestre del año. Este será el  número oficial de afiliados registrados ante la Presidencia Nacional durante el  año calendario siguiente y será la única base para todos los efectos. En el 

evento que la Presidencia Ejecutiva requiera información adicional la podrá  solicitar en cualquier momento 

  1. d) Promover las afiliaciones de personas, empresas y entidades con domicilio o  actividad económica dentro de su jurisdicción. 
  2. e) Someter toda reforma de sus Estatutos a la revisión de la Junta Directiva  Nacional dentro de los quince (15) días siguientes a su aprobación, para verificar  la concordancia con lo establecido por los estatutos de la Cámara Colombiana  de la Construcción y sus reglamentos. 
  3. f) Enviar a la Presidencia Nacional las actas de las sesiones de las Juntas  Directivas y de las Asambleas Regionales en un término máximo de diez (10)  días posteriores a su solicitud por parte del Presidente Ejecutivo Nacional 
  4. g) Cumplir oportunamente con el pago de las cuotas de sostenimiento para con la  Presidencia Nacional de CAMACOL y de las contribuciones adicionales, de  conformidad con la reglamentación que para el efecto expida la Junta Directiva  Nacional. 
  5. h) Enviar a la Presidencia Nacional los estados financieros semestrales  consolidados dentro de los diez días siguientes a su solicitud por parte del  Presidente Ejecutivo. 
  6. i) Colaborar y dar información a los funcionarios designados por la Presidencia  Nacional en aquellas áreas administrativas, operativas, estadísticas y contables  que establezca la Junta Directiva Nacional, así como dentro de los plazos que  ésta determine. 
  7. j) Colaborar con la Presidencia Nacional en la realización de todas las actividades  que ésta requiera para adelantar campañas en beneficio de CAMACOL y sus  afiliados. 
  8. k) Permitir y facilitar las auditorías que ordene la Junta Directiva Nacional l) No presentar propuestas a los entes del orden nacional que puedan tener efectos  sobre jurisdicciones diferentes a la autorizada por la Junta Directiva Nacional. m) No realizar eventos de orden nacional o internacional o comercializar productos  de impacto nacional o internacional sin la previa autorización de la Junta  Directiva Nacional. 
  9. n) No iniciar procesos de registro de marca que de alguna manera puedan entrar en  conflicto con las marcas propiedad de la Presidencia Nacional u otra Regional. ñ) En ningún caso las Regionales podrán celebrar contratos o convenios con  

entidades públicas cuyo objeto consista en la ejecución o interventoría de obras. o) Una vez aprobados estos estatutos, las Regionales se obligan a respetarlos y  cumplirlos y, en consecuencia, para seguir perteneciendo a la organización  ajustarán, dentro de los tres (3) meses siguientes a la aprobación de estos  estatutos, el texto de los suyos a lo aquí establecido y siguiendo el procedimiento  del literal e) del artículo 51.

CAPITULO VII 

DE LA AFILIACIÓN 

ARTICULO 36. Afiliados 

Podrán aspirar a ser afiliados de Camacol Regional Caldas, las personas naturales o  jurídicas, empresas o entidades de derecho privado o público, que desarrollen  actividades incluidas dentro de la totalidad de la cadena productiva del sector de la  construcción. Su admisión será aprobada según lo dispuesto por la Junta Directiva  Regional en los presentes estatutos y de acuerdo al reglamento que expida para el  efecto la Junta Directiva Nacional. 

PARÁGRAFO: Para todos los efectos, los afiliados, independiente de su forma de  vinculación, tienen los mismos derechos y obligaciones. 

ARTICULO 37. Afiliado Activo 

Se entiende por afiliado activo, aquel que se encuentra al día en el pago de sus cuotas  en el mes anterior a la fecha de la reunión o sesión de que se trate y que  adicionalmente, esté cancelando la cuota mínima. 

ARTÍCULO 38. Cuota ordinaria mínima.  

Es aquel valor mínimo por debajo del cual Camacol Regional Caldas no podrá  establecer el valor de la cuota que cobra a cada uno de sus afiliados. En ningún caso  podrá ser inferior a 0.25 salarios mínimos mensuales legales vigentes. 

ARTICULO 39. Sectores  

Los afiliados se clasificarán en uno de los sectores de acuerdo a reglamento que para  el efecto expida la Junta Directiva Nacional. 

ARTICULO 40. Requisitos 

Requisitos para ser miembro de Camacol Regional Caldas: 

  1. Ser persona natural o jurídica dedicada a actividades o vinculadas con la industria  de la construcción. 
  2. Formular solicitud escrita dirigida a la Junta Directiva Regional. 
  3. Acompañar a la firma personal de la solicitud, la de dos miembros activos de la  Regional. 
  4. Lograr la aprobación de la solicitud de ingreso por mayoría absoluta de los miembros  de la Junta Directiva. 
  5. Suscribir el contrato de afiliación elaborado y aprobado por la Junta Directiva  Regional que estará de acuerdo con los reglamentos nacionales de Camacol. f. Cumplir las demás condiciones que establezcan los reglamentos. 

PARÁGRAFO PRIMERO: Cuando sean emprendidas por Camacol Regional Caldas  campañas de afiliación, los requisitos contemplados en los numerales b y c podrán 

obviarse, sometiendo el listado de personas invitadas a la afiliación, anticipadamente a  la aprobación de la Junta Directiva. 

PARAFRAFO SEGUNDO: La Junta Directiva Regional clasificará a los afiliados en uno  de los sectores que se hayan establecido, de acuerdo al reglamento nacional de  CAMACOL. 

PARAGRAFO TERCERO: Cuanto la junta directiva no apruebe una solicitud de  afiliación, se reserva los motivos de la no aprobación. 

ARTICULO 41. Exclusión 

Podrá decretarse la expulsión de un afiliado a Camacol Regional Caldas cuando incurra  en las siguientes causales: 

  1. Ser condenado en forma definitiva a pena privativa de la libertad. b. Incurrir deliberadamente en falta comprobada contra la ética profesional. c. Violación de las disposiciones expresas emanadas de la Asamblea Nacional o de la  Junta Directiva. 
  2. Hacer públicas las decisiones que con carácter de reservadas sean tomadas por las  Asambleas Nacional y Regional o las Juntas Directivas. 
  3. Realizar actos que en alguna forma logren la defraudación de fondos de la Regional. f. Incurrir en mora en el pago de sus obligaciones pecuniarias para con el Gremio,  superior a 120 dias por todo concepto o incumplir acuerdo de pago con la Cámara  debidamente celebrado en por lo menos 1 cuota. 
  4. Fomentar o participar en actividades contrarias al buen nombre de la Regional y en  consecuencia de la Cámara Nacional. 
  5. Realizar conductas y actividades o adelantar acciones legales que afecten, directa o  indirectamente, los intereses gremiales 
  6. Que su objeto social, o el resultado de una futura modificación de este, contenga  actividades que afecten los intereses gremiales o dificulten el ejercicio de estos  intereses.  

ARTICULO 42. Causales de Inadmisión 

Se podrá rechazar la solicitud de afiliación de empresas o personas que incurran en  algunas de las siguientes situaciones: 

  1. a) Cuando haya sido retirado del gremio, por incumplimiento de sus obligaciones  pecuniarias, con cartera castigada. 
  2. b) Cuando haya pertenecido al gremio por menos de 1 año en afiliaciones  anteriores. 
  3. c) Cuando su objeto social contenga actividades que afecten los interés gremiales. d) Cuando tenga referencias negativas de comportamiento social, comercial o  bancario.  
  4. e) Cuando haya adelantado acciones judiciales en contra del gremio  CAPITULO X

DEBERES Y DERECHOS DE LOS AFILIADOS 

ARTICULO 43. Derechos 

Son derechos de los Afiliados: 

  1. Participar con voz y voto en las Asambleas Generales Ordinarias y en las  Extraordinarias. 
  2. Postularse como integrante de la Junta Directiva Regional. 
  3. Utilizar los servicios que ofrezca Camacol Regional Caldas  
  4. Consultar con Camacol Regional Caldas los asuntos y problemas que los afecten a  título personal o de empresa y a la industria de la construcción en general. e. Solicitar la asesoría de Camacol Regional Caldas en todos aquellos asuntos  atinentes al desempeño de las actividades de la industria de la construcción y las  complementarias o anexas. 

ARTICULO 44. Deberes  

Son deberes de los afiliados: 

  1. Pagar oportunamente las contribuciones ordinarias y extraordinarias. b. Asistir a las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias en forma personal.  c. Aceptar los cargos y comisiones que le sean asignados, pudiendo manifestar su  renuncia por comprobada imposibilidad de cumplirlos. 
  2. Colaborar en forma decidida con Camacol Regional Caldas para lograr su total  fortalecimiento y representatividad regional. 
  3. Dar cumplimiento a lo dispuesto tanto en los Estatutos como en los reglamentos  internos que dicten los órganos competentes. 
  4. Participar activamente en todas las labores que se requieran para adelantar  campañas en beneficio de la Cámara Regional. 

CAPITULO XI 

DEL PATRIMONIO 

ARTICULO 45. Patrimonio 

Camacol Regional Caldas tiene personería jurídica y patrimonio independiente de  Camacol – presidencia Nacional, con autonomía para adelantar las gestiones y  actividades que sean necesarias, en desarrollo de las políticas adoptadas por la Junta  Directiva Regional, y en dirección a las directrices fijadas por la Asamblea Regional. 

En consecuencia, Camacol Regional Caldas será la única persona jurídica responsable  del pago de las obligaciones salariales y prestacionales que de conformidad con el  Código Sustantivo de Trabajo deban ser canceladas a los funcionarios y empleados de  la Regional, así como de las obligaciones comerciales que adquiera. 

El patrimonio de Camacol Regional Caldas está formado así: 

– Con las donaciones, herencias o legados que reciban. 

– Con las reservas que se hagan con ese objeto. 

ARTICULO 46. De los excedentes

La naturaleza Corporativa, no comercial de Camacol Regional Caldas está definida en  el hecho de que no reparte utilidades dentro de sus afiliados, ni en el evento de la  disolución entregará a estos participación alguna. Conforme a la ley puede ocuparse  de cualquier actividad lícita comprendida o relacionada con su objeto que produzca  ingresos para su mantenimiento y el cumplimiento de su función. Si del ejercicio de  estas actividades quedara algún excedente, este será destinado al mejoramiento de la  organización, a la prestación de servicios a sus afiliados o a obras de beneficio común  conforme lo decida la asamblea de afiliados. 

CAPITULO XII 

REFORMA E INTERPRETACIÓN 

DE LOS ESTATUTOS 

ARTICULO 47. Interpretación 

Cualquier duda que se suscite en la aplicación o interpretación de estos Estatutos, será  resuelta por la Junta Directiva atendiendo al sentido general de los mismos y a las  necesidades y conveniencias de la Regional. 

Estas resoluciones deberán ser acatadas a partir de la fecha de su aprobación mientras  la Asamblea General no las modifique. 

ARTICULO 48. 

Los presentes estatutos podrán ser reformados total o parcialmente por la Asamblea  General de la Regional, siempre que en la convocatoria se indique el texto propuesto  para el artículo o los artículos que han de ser reformados y que se obtenga el voto  afirmativo de las dos terceras partes de los afiliados presentes. 

PARÁGRAFO: Para buscar la debida coordinación entre Camacol – Presidencia  Nacional y la Regional, las futuras reformas de estos estatutos, una vez aprobados por  la Asamblea de Afiliados, serán sometidos a la ratificación de la Junta Directiva  Nacional dentro de los quince (15) días siguientes a su aprobación por parte de la  Asamblea Regional de Afiliados.

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